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Hospital de Linares deberá pagar millonaria indemnización por atención negligente de parto prematuro

La Corte Suprema condenó al Hospital Base de Linares a pagar una indemnización total de $120.000.000  a familia por actuar negligente en la atención de parto prematuro que produjo asfixia severa a la recién nacida.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y los abogados (i) Jean Pierre Matus y Ricardo Abuauad– estableció la falta de servicio del centro de salud. Actuar negligente que derivó en daño neurológico irrecuperable de la menor.

El fallo sostiene que el Hospital Base de Linares no otorgó a su usuaria, Elizabeth P.S., “la atención de salud requerida de manera eficiente y eficaz, por cuanto reaccionó en forma incorrecta ante una clara complicación presentada en el curso de su embarazo”.

Y se agrega en la resolución que “existe en la especie una falta de servicio evidente y directa, puesto que el equipo médico del mencionado centro hospitalario no reaccionó adecuadamente ante dificultades evidenciadas en el embarazo de la actora, toda vez que el cuadro clínico presentado por la madre, la temprana disminución del líquido amniótico y los síntomas de parto prematuro debieron llevar a adoptar todas las medidas de resguardo para evitar el resultado dañoso que finalmente se produjo”.

Y finalmente, los jueces concluyen que “los tiempos de respuesta del equipo médico fueron absolutamente tardíos y determinantes en el nacimiento de la niña con asfixia neonatal severa, por lo que la falta de servicio en que incurrió el Hospital Base de Linares es palmaria, pues ninguna actividad esperable para la realidad que se enfrentaba, fue desplegada”.

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