Senado despachó la reforma para postergar elecciones al 15 y 16 de mayo

Por no alcanzar el quorum constitucional requerido, la Sala desechó el informe de la Comisión Mixta que contenía cuatro puntos sobre los que no se logró pleno acuerdo

Hoy el Senado aprobó que los comicios que estaban programados para el 10 y 11 de abril ahora se realizarán entre el 15 y el 16 de mayo, ante el aumento de casos del Covid-19.

Los senadores suprimieron una norma del proyecto que permitía los aportes a campaña durante el período de suspensión, es decir desde publicada la ley hasta las 23:59 horas del 28 de abril.

Con el rechazo del informe de la Comisión Mixta no habrá feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes del comercio, pero sí serán feriados legales los días de las elecciones con las restricciones para el comercio y otros servicios que se establecen para todos los comicios. Así, podrán funcionar algunos recintos y en caso de que los trabajadores quieran desplazarse a sufragar podrán contar con dos horas más el tiempo de desplazamiento.

Asimismo, como se descartaron las disposiciones relativas a la situación de los alcaldes que repostulan y que actualmente están siendo subrogados de sus cargos, se precisó que en esa materia rige la ley vigente que implica que los alcaldes deben dejar sus cargos 30 días antes de la elección. Esto implicaría que vuelvan a sus cargos y los dejen el 15 de abril, es decir en 9 días más.

También se rechazó una norma que establecía una franja televisiva para la segunda vuelta de la elección de los Gobernadores Regionales. 

APROBACIÓN

  • Las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes se realizarán el 15 y 16 de Mayo.
  • La segunda vuelta de la elección de gobernadores se realizará el 13 de junio de 2021.
  • El periodo del primer gobernador regional electo, comenzará a computarse el 14 de julio de 2021
  • Prorroga el mandato de los alcaldes y concejales en ejercicio hasta el 28 de junio de 2021.
  • Las elecciones primarias presidenciales y de parlamentarios, se realizarán el día 18 de julio del 2021.
  • Suspende todas las campañas electorales en curso, desde la publicación de la ley hasta el día 29 de abril de 2021, fecha en la que se reanudarán hasta el 13 de mayo de 2021.
  • Durante el plazo de suspensión no se podrá realizar propaganda pagada en medios de comunicación social, plataformas digitales, redes sociales, aplicativos y aplicaciones de internet.
  • Los permisos sin goce de remuneración solicitados por las candidatas y candidatos que sean funcionarios públicos, se entenderán prorrogados hasta el día 17 de mayo, salvo voluntad en contrario del trabajador.
  • Los empleadores del sector privado, cuyos trabajadores hayan solicitado aplazar el permiso sin goce de sueldo, no podrán rechazar dicha solicitud, y en ningún caso podrá invocarse este aplazamiento como fundamento para proceder al despido.
  • Fija en 0,6 UF por jornada, el bono que corresponde a los asesores del delegado de la junta electoral.